Compromiso de Confidencialidad y Sigilo Industrial


En Nørtex Advisors, entendemos que la información técnica, operativa y financiera de su compañía es uno de sus activos más sensibles. Por ello, el tratamiento de toda la documentación recibida para el estudio de su activo fotovoltaico se rige bajo los más estrictos estándares de confidencialidad y sigilo profesional.

1. Objeto de la Confidencialidad

Toda la "Información Confidencial" proporcionada por el Propietario del activo a Nørtex Advisors —incluyendo, pero no limitado a: facturación eléctrica (CUPS), memorias técnicas, planos de cubiertas, datos de consumo horario y escrituras de propiedad— será utilizada exclusivamente para la elaboración del Manual de Captura Digital y la gestión de la Licitación Privada.

2. Tratamiento de la Información y "Dossier Ciego"

Nuestra metodología garantiza que, durante la fase inicial de licitación, la información de su activo se presente ante los operadores energéticos de forma anonimizada mediante un Dossier de Activo Ciego. La identidad de su empresa y los datos específicos que permitan su localización exacta solo serán revelados a aquellos operadores que hayan superado el filtro previo de solvencia y hayan mostrado un interés firme mediante una oferta no vinculante (NBO).

3. Obligaciones de Nørtex Advisors

Nos comprometemos formalmente a:

  • No Divulgación: No revelar, comunicar ni ceder a terceros no autorizados ninguna información sensible sin el consentimiento previo del titular.

  • Uso Restringido: Utilizar la información única y exclusivamente para los fines de prospección, auditoría y licitación solar objeto de nuestra actividad.

  • Custodia Segura: Implementar las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar la pérdida, alteración o acceso no autorizado a los archivos digitales del activo.

4. Divulgación a Terceros (Operadores Tier 1)

En el ejercicio de nuestra labor de brokerage, Nørtex Advisors solo compartirá la información detallada con operadores energéticos e inversores de primer nivel (Tier 1). Dichos terceros están, a su vez, sujetos a sus propios acuerdos de confidencialidad y solo accederán a la fase de inspección física tras la validación técnica de la oportunidad.

5. Duración del Compromiso

Las obligaciones de confidencialidad establecidas en esta cláusula tendrán una duración indefinida, manteniéndose vigentes incluso tras la finalización del proceso de licitación o de la relación contractual entre las partes.

6. Excepciones

La obligación de confidencialidad no será aplicada a aquella información que:

  • Sea de dominio público en el momento de su recepción.

  • Deba ser revelada por imperativo legal o requerimiento de una autoridad judicial o administrativa competente.